¿Eres ciclista?: Conoce el nuevo reglamento que debes seguir para manejar bicicleta seguro

Si eres de los que usan su bicicleta no solo como deporte sino como medio de transporte, debes conocer el nuevo Reglamento para manejar seguro, ya que las multas entrarán en vigencia desde el 3 de marzo de 2021.

El Ministerio de Transportes y Comunicaciones anunció en mayo que desde el 3 de Junio del 2021, en el Día Mundial de la Bicicleta, entraría en vigencia la aplicación del Reglamento de la Ley No. 30936. Sin embargo, esta fue postergada dos veces, primero hasta el 3 de septiembre del 2021 y finalmente, hasta el 3 de marzo de 2022. Esto debido a que seguirá implementando acciones preventivas y educativas para los ciclistas.

La Ley No. 30936 promueve y regula el uso de la bicicleta como medio de transporte sostenible. El incumplimiento del Reglamento causará la aplicación de multas establecidas tanto para ciclistas como para automovilistas.

En el último año la cantidad de peruanos que se ha animado a utilizar bicicleta para transportarse ha aumentado exponencialmente en todo el país. No solo por las restricciones de transporte debido a la pandemia, sino porque es beneficioso para la salud y el medio ambiente. Por ello, regular su uso permite que pueda convivir con los otros medios de transporte. Este reglamento indica, entre otras medidas, que el ciclista debe acatar las disposiciones reglamentarias que rigen el tránsito de los vehículos automotores y asumir responsabilidades si no lo hacen.

Hay muchos tipos de ciclistas y todos deben cumplir con el Reglamento. Imagen: ShutterStock

¿Qué dice el Reglamento?

  1. Acerca de los derechos al conducir bicicletas:
  • Transitar por las vías públicas del país, con respeto y seguridad, excepto en aquellas en las que la infraestructura actual ponga en riesgo su seguridad, como túneles y pasos a desnivel sin carril para ciclistas.
  • Disponer de vías de circulación preferente dentro de las ciudades, como ciclovías u otros espacios similares.
  • Disponer de suficientes espacios para el estacionamiento de bicicletas, tanto en espacios públicos como privados
  • Uso gratuito de estacionamientos públicos para bicicletas.
  • Tener días u horas de circulación preferente en el área urbana, en trayectos determinados.
Todos los ciclistas tienen derechos y deberes que cumplir. Imagen: ShutterStock

2. Respeto de las multas a los vehículos automotores

  • Antes de abrir puertas, capot o maletera, los conductores deben verificar que dicha acción no implica peligro o entorpecimiento a los ciclistas – Multa 8% de una UIT, equivalente a S/.352 
  • Tienen prohibido estacionar en el ciclo vías y demás infraestructura ciclovial – Multa 12% de una UIT, equivalente a S/.528
  • Deben respetar el derecho preferente del ciclista – Multa 12% de una UIT, equivalente a S/.528
  • Si un automóvil quiere adelantar o sobrepasar a un ciclista debe efectuar dicha maniobra trasladándose al carril izquierdo – Multa 8% de una UIT, equivalente a S/.352
Los conductores de automóviles también deben cumplir con el Reglamento, ya que deben respetar a los ciclistas. El incumplimiento de estas, ocasionará una multa.
Imagen: ShutterStock

3. Accesorios obligatorios y sujetos a multa – Multa por no contar con estos accesorios es de 4% de una UIT, equivalente a S/.176

  • Frenos
  • Timbre
  • Refractantes en la bicicleta que se visualicen de manera lateral
  • Prenda reflectante solo para la noche o en condiciones de poca luz

4. Recomendaciones no sujetas a multa

El casco te protegerá de un eventual accidente y las luces te darán mayor visibilidad en la vía.

  • Casco
  • Luces

5. Manejo – Estado del ciclista

Conducir con presencia de alcohol en la sangre en proporción mayor a 0.5g por litro, bajo los efectos de estupefacientes, narcóticos y/o alucinógenos, acción comprobada con el examen respectivo o por negarse al mismo.

Se te retendrá la bicicleta y se aplicará una multa del 8% de UIT, equivalente a S/.352

6. Veredas

No se puede conducir por la vereda, la multa es de 0.5% de una UIT, equivalente a S/.22

Se consideran excepción los siguientes casos:

  • Ciclistas embarazadas, o ciclistas con alguna discapacidad, o personas menores de 14 años y adultos mayores.
  • Padres que acompañen a niños menores de 7 años.
  • Si en la zona no está permitido la circulación por la calzada y no hay ciclovía.
  • De igual modo se debe circular a una velocidad moderada, que no ponga en peligro a los peatones.
  • Está prohibido tocar el timbre cuando vas en ella.
Todos los ciclistas deben ir por las ciclovías, salvo alguna excepciones descritas en el punto 6. Imagen: ShutterStock

7. Maniobras temerarias

Si realizas alguna de estas maniobras temerarias la multa es de 2% de una UIT, equivalente a S/.86

  • Adelantar a los vehículos por el lado derecho mientras estos se encuentran avanzando.
  • Manejar sin ambas manos a menos que estés haciendo una señal.
  • Llevar más pasajeros para los que está acondicionada la bicicleta.
  • Manejar agarrándome de otro vehículo (moto taxi, automóvil, bus, etc.)
  • Cruzar o girar una calle estando el semáforo en rojo.
  • Manejar en contra del tráfico.

8. Señales en la vía

Según el reglamento debemos aprender las siguientes señales para comunicarnos en la vía.

El no realizarlas no es objeto de multa.

  • Giro o adelantamiento a la derecha – Colocar el brazo izquierdo en forma de L con la mano hacia arriba.
  • Giro o adelantamiento a la izquierda – Colocar el brazo izquierdo estirado a la izquierda a la altura del hombro.
  • Detener o reducir la velocidad – Colocar el brazo izquierdo en forma de L invertida con la mano hacia abajo.

Sin embargo, si es más cómodo usar el brazo correspondiente al giro que desea realizar, hazlo, dado que esto puede ser incluso más seguro y eficaz para la comunicación con los demás vehículos en la vía.

Estas son las señales que debes realizar para tener una buena comunicación con los demás vehículos. Imagen: ShutterStock

9. Recomendaciones

  • El peatón es prioridad en la vía
  • Los ciclistas que cometan una infracción llevarán un “Curso de Educación Vial” por su primera sanción.

El valor de la UIT tomado para el cálculo equivalente de las multas es S/. 4,400 correspondiente al 2021.

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